viernes, 6 de noviembre de 2015

Octavo caso: La rotura del molar por una aceituna.

En la octava entrada abordamos el caso de una mujer que comiendo una lata de aceitunas "Las Cuarenta", sufrió la rotura de un molar al ingerir una aceituna con hueso en una lata de aceitunas deshuesadas en febrero de 2001.

La demandante reclamó a la Cooperativa Agropecuaria Jesús de la Cañada SCA y a la aseguradora de esta, Allianz Seguros, S.A.

La afectada añadió que en otras latas que conservaba en su domicilio, encontró diversos huesos en latas de las mismas características con la que tuvo el percance, posteriormente al incidente.

Frente al fabricante se determina que se ha de aplicar a este la Ley 22/1994 de Responsabilidad Civil por daños causados por productos defectuosos, pues:
Las latas de aceitunas no reunían a su entender la seguridad que cabría legítimamente esperar teniendo en cuenta las circunstancias
En la sentencia se adjunta que: 
Se adquirió una lata de aceitunas deshuesadas, su presentación, en la que claramente se indicaba que se trataba de aceitunas sin hueso y el uso razonablemente previsible del producto, su consumo en la confianza de no encontrar ningún hueso, pues ninguna advertencia se efectuaba en el etiquetaje, y el momento de su puesta en circulación.
Fue reclamado un importe correspondiente a la colocación del implante sustitutorio del molar, que posteriormente cayó tras una infección osea, por lo que se incluye el tratamiento para la reposición del hueso mediante técnicas mayormente avanzadas.

Las demandadas Cooperativa Agropecuaria Jesús de la Cañada SCA y su aseguradora Allianz negaron su responsabilidad civil ante el incidente.

Al probarse el defecto del producto, y la relación causa-efecto y el daño por ello, el Tribunal falló a favor de la consumidora.

Fuentes:

No hay comentarios:

Publicar un comentario